DIRECTIVA DE SERVICIOS

Como ya es sabido, el próximo 28 de diciembre de 2009 concluye el periodo de transposición de la Directiva de Servicios y se inicia el proceso de evaluación mutua.

A grandes rasgos, la finalidad de este ejercicio es que cada país examine el marco regulatorio resultante tras la aplicación de la Directiva en el resto de países (artículo 39 de la Directiva). De este modo, se podrá verificar si los Estados miembros han llevado a cabo una aplicación adecuada de la Directiva y han aprovechado la transposición para simplificar trámites y procedimientos y eliminar barreras al mercado interior de servicios.

De cara a aprovechar al máximo este ejercicio, es necesaria la coordinación de todas las Administraciones, así como la articulación de vías de colaboración con otros agentes del sector privado directamente implicados. Con este fin, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE) adoptó el pasado 3 de diciembre un Acuerdo, cuyo elemento central es la adopción de una propuesta de trabajo interna para la evaluación mutua.

La evaluación mutua representa una oportunidad para favorecer la inversión y la actividad exportadora de las empresas españolas en el mercado único. En este sentido, resulta fundamental la colaboración de quienes tienen un conocimiento directo de la realidad del mercado interior: las empresas y profesionales del sector servicios. Su experiencia y su conocimiento de las barreras regulatorias con que se encuentran a la hora de ejercer una actividad de servicios en otros Estados miembros resulta esencial de cara al proceso de evaluación mutua. Para que dichas barreras puedan ser analizadas y, en su caso, comunicadas a la Comisión Europea, se propone a las empresas, los profesionales y sus asociaciones un breve formulario a través del cual puedan informar cuando se encuentren obstáculos en otros Estados Miembros incompatibles con la Directiva de Servicios.

A estos efectos se adjunta dicho formulario junto con unas instrucciones complementarias, para que sea cumplimentado y remitido a la Secretaría del Grupo de Trabajo para la Directiva de Servicios, del Ministerio de Economía y Hacienda (tds@meh.es).

Por otro lado, a efectos de informar adecuadamente a empresas y profesionales sobre las implicaciones de la transposición de la Directiva, remitimos la versión definitiva del folleto informativo que se ha elaborado por el MEH. De nuevo, el objetivo es lograr su máxima difusión junto con el formulario ya mencionado. Se remiten dos versiones del folleto: una para su distribución por correo electrónico y lectura en pantalla y otra para su distribución por aquellas administraciones y asociaciones que así lo deseen como tríptico y con las modificaciones que se quieran realizar para la inclusión de otros logos o marcas identificativas.

De manera paralela a las anteriores actuaciones, el Ministerio de Economía y Hacienda ha preparado en su página web sobre la transposición de la Directiva de Servicios un apartado en el que se informa sobre la evaluación mutua y se ofrece la cumplimentación del formulario de comunicación de barreras regulatorias en otros Estados miembros. También se incluye el folleto informativo sobre las principales implicaciones de la transposición de la Directiva de Servicios para empresas y profesionales (en su versión para distribución por correo y también como tríptico).

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