Decreto 125-95 sobre la profesion de la guia de turismo en Navarra

GUIAS DE TURISMO EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA.

NORMA: Decreto FORAL 125/95

TITULO: Decreto por el que se regula la profesión de guías de turismo en Navarra.

FECHA: 20 de mayo de 1995.

PUBLICACION: 19 de junio de 1995

AMBITO DE APLICACION:

La actividad profesional de guía de turismo tiene por objeto la prestación, de manera habitual y remunerada, de los servicios de información, asesoramiento y asistencia a turistas en sus visitas al patrimonio histórico de Navarra.

REQUISITOS DE LA HABILITACION. Art. 4º

- Nacionalidad de un país de la UE o asociado al acuerdos sobre el espacio económico europeo o de un país con convenio de reciprocidad con España en ese ámbito.

- Ser mayor de edad

- Tener acreditado el título de Técnico de Empresas y Actividades Turísticas u otro título superior universitario, licenciatura o doctorado.

Acreditar el conocimiento de lenguas extranjeras, en el caso de que se ofrezca el servicio en el idioma correspondiente.

- En el caso de títulos extranjeros deberá acreditarse la homologación del mismo por la autoridad competente.

- No padecer enfermedad física o psíquica que sea incompatible.

PROCEDIMIENTO DE OBTENCION DE LA HABILITACION: Art. 5. Pruebas.

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