Decreto 178/85 sobre guias de turismo en la C. de Murcia

GUIAS DE TURISMO EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA.

NORMA: Decreto 178/95

TITULO: Decreto por el que se aprueba la regulación de la profesión de Guía de Turismo en la Región de Murcia.

FECHA: 20 de diciembre de 1995

PUBLICACION: 9 de enero de 1996

AMBITO DE APLICACION:

Actividad profesional de los Guías de Turismo. Art. 1.

REQUISITOS: Art. 5

a) Ser mayor de edad.

b) No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que pueda ser incompatible con el ejercicio de la profesión.

c) Nacionalidad de un país miembro de la UE o país asociado al acuerdo sobre Espacio Económico Europeo.

d) Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones:

Técnico en Empresas y Actividades Turísticas.

Técnico Superior en Información y Comercialización Turística.

Grado académico de Diplomado Universitario o equivalente.

PROCEDIMIENTO DE HABILITACION: Art. 4

COMENTARIO:

Las obligaciones de los Guías en el art. 11.

Se prevé la existencia de cursos y jornadas de homologación.

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