Decreto 85/95 sobre los precios de los establecimientos de Asturias

PRECIOS EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS

NORMA: Decreto 85/95

TITULO: Regula el régimen de precios en los diversos establecimientos de alojamientos turísticos.

FECHA: 12 de mayo de 1.995

PUBLICACION: BOPA de 20 de junio de 1.995

ARTICULOS: 14

AMBITO DE APLICACION:

Regula el régimen de precios en los establecimientos de alojamiento y de hostelería cualquiera que sea su clase, grupo o categoría.

CONTENIDO:

Establece la obligación de declaración de precios y la posibilidad de su modificación por las empresas si bien establece una limitación: han de haber transcurrido al menos sesenta días desde la última declaración. Esta limitación sólo opera respecto de las declaraciones de precios de alojamientos, no así respecto de las de los establecimientos de restauración.

Regula la publicidad de los precios exigiendo su exposición en la recepción del establecimiento y en el exterior o la entrada del mismo.

Establece disposiciones en cuanto a la facturación.

Este portal web únicamente utiliza cookies propias con finalidad técnica, no recaba ni cede datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento. Sin embargo, contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas a la de FETAVE que usted podrá decidir si acepta o no cuando acceda a ellos.

Más información